Voy a hablar de lo que a mí me parece una práctica
cuasidelictiva de las operadoras de telefonía en España. Digo que me
parece porque, aunque para mí es evidente, no he leído ni escuchado crítica ni
denuncia alguna en los medios de comunicación, lo que me parece extraño y, por
tanto, me hace pensar que pueda no estar acertado. También digo que es
cuasidelictiva porque, al tratarse, cada caso por separado, de importes de muy
pequeña cuantía (aunque sumando todos podríamos hablar de, como se verá al
final, centenares de millones de euros al año), legalmente no sé si, individualmente,
podría tratarse de un delito, si bien, en conjunto a mí me parece que sí lo es.
Hablo de pequeños importes que aparecen en nuestras
facturas (de telefonía móvil y fija) por servicios que nosotros no hemos
solicitado ni contratado en modo alguno con la operadora que nos
proporciona el servicio y, por tanto, nos factura los consumos. En concreto, me
refiero a los importes que en las facturas figuran con la denominación “Llamadas
perdidas (mensajes dictados)”. El caso que a mí directamente me afecta
tiene que ver con Movistar (Telefónica) y con importes individuales de 0,15
euros.
Cuando he preguntado/reclamado a la operadora el porqué de tales
cobros me vienen a decir que estos costes provienen de las llamadas que he hecho y que, al no ser atendidas, una locución automática ofrece la posibilidad
de dejar un mensaje grabado para que el destinatario de la llamada lo pueda
escuchar cuando le venga bien. Y esta posibilidad operativa, según me han
explicado los de Movistar, no tiene nada que ver con Movistar (mi operadora),
sino que es un mecanismo ofrecido por la operadora del destinatario de la
llamada —que puede ser cualquiera de las que operan en el mercado— a su
cliente. (Supongo que tendrá que ver con Movistar cuando el que recibe la
llamada sea cliente de esta operadora, o sea, el caso inverso). Por eso, los de Movistar, ante mis reclamaciones, se hacen los longuis, diciéndome que el asunto no tiene que ver con ellos. La cosa tiene su gracia. El caso es que no he conseguido aún que me devuelvan estos cobros (aunque no pierdo la esperanza porque voy a seguir insistiendo).
O sea, el que llama paga por un servicio contratado
entre una operadora, que puede no ser la suya, y su cliente (el destinatario de
la llamada), o, lo que es igual, paga las consecuencias de un contrato entre
dos partes que nada tienen que ver con él. Pero lo más chistoso es que el
cobro de tal servicio, no demandado por el que paga, lo cobra la operadora
de este, que, supongo, luego transferirá lo cobrado, digo yo, a la
operadora del destinatario de la llamada.
Así las cosas, me pregunto ¿quién ha autorizado a
mi operadora a que me cobre servicios relacionados con una contratación entre
dos partes que nada tienen que ver conmigo ni con ella? ¿Cómo es posible
tal aberración, atropello, barbaridad y, por qué no decirlo, ilegalidad? Porque
me resisto a creer que tal forma de operar pueda tener soporte legal.
Se supone que cuando contratamos con una operadora de
telefonía conocemos y aceptamos su tarifa; es decir, sabemos qué servicios nos
ofrece y lo que nos va a costar, que, ulteriormente, es lo que debe
aparecer, exclusivamente, en la factura mensual. Pero no creo que nadie
autorice a su operadora a que en tal factura incorpore costes derivados de servicios
ajenos contratados entre terceros. Porque asumir esto supondría admitir,
por ejemplo, que Movistar nos cargue en la factura mensual el importe de la
compra del súper que pudiera haber hecho el vecino del 3º y que lo hubiese así
solicitado a la cajera aportando mi número de teléfono. O sea, supondría una
barbaridad de total inconsistencia legal.
Porque, volviendo a mi caso, ya he dicho que me vienen
cobrando 0,15 euros por cada “llamada perdida (mensaje dictado)”, pero ¿quién
me asegura que el mes que vienen no me cobren el doble?, teniendo en cuenta que
el cobro se basa en una tarifa de una operadora con la que yo no tengo
relación; o que, me empiecen a cobrar por “llamadas contestadas”, porque
pueda haber operadoras que incluyan en su tarifa tanto las llamadas efectuadas
como las contestadas. Realmente, es una práctica aberrante.
Es obvio que todas estas cosas son debido a la
impunidad con que funcionan las operadoras; a los acuerdos entre ellas; a
que los ciudadanos pasamos por alto sus abusos; a que se aprovechan de que son
pequeños importes; a nuestra resignación ante sus “pequeños robos”. En suma, a
que hacen lo que les da la gana; saben que son inmensamente más fuertes
que cada uno de sus clientes. Pero, sobre todo, a la colaboración de los medios
de comunicación (la publicidad manda) y, también, de las organizaciones de
consumidores, porque, que yo sepa, no han denunciado estos abusos, mejor dicho,
estos “pequeños robos”.
Para concluir, un simple cálculo.
Estimaciones |
|
Líneas de móvil
existentes en España |
50.000.000 |
Llamadas/mes (por cada
línea) |
200 |
Porcentaje de no
contestadas |
25% |
No
contestadas/mes (por cada línea) |
50 |
Porcentaje de mensajes
dictados |
5% |
Mensajes dictados/mes
(por cada línea) |
2,5 |
Mensajes dictados (por
el conjunto de líneas) |
125.000.000 |
Coste de cada mensaje
dictado |
0,15 |
Ingresos/mes para el
conjunto de operadoras |
18.750.000 |
Ingresos al año - euros |
225.000.000 |
Como se puede ver, aunque la incidencia en el bolsillo
de cada ciudadano no es de gran impacto, para las operadoras no es un asunto
baladí. Es como si todos los ciudadanos contribuyéramos altruistamente al pago
de los sueldos de sus presidentes. En concreto, supongo que lo que, de este
asunto, obtenga Telefónica cubrirá ampliamente el pago de la nómina de su
presidente, el "locuaz" César Alierta (según El País, 7,3
millones en 2013). ¡La hostia! ¡Algunos qué listos son!
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